TL;DR. El procedimiento ordinario de Indecopi resuelve los casos de mayor cuantía del régimen sancionador en protección al consumidor: multas que superan las 3 UIT y pueden alcanzar las 450 UIT (S/ 2,475,000 con UIT 2026 de S/ 5,500). Lo conoce la Comisión de Protección al Consumidor (CPC) en primera instancia y la Sala Especializada en Protección al Consumidor en segunda instancia. Plazo aproximado: 120 días hábiles. Etapas: investigación, pliego de cargos, descargos, etapa probatoria, alegatos, resolución, apelación. La obstrucción a la fiscalización es una infracción autónoma con techo propio de 450 UIT y se acumula a la conducta principal. Casos típicos: prácticas masivas, daño colectivo, reincidencia agravada, sectores regulados (banca, salud, educación, inmobiliario). Esta guía cubre cuándo aplica, cómo navegar las seis etapas, qué cuesta la defensa y cuándo es indispensable contar con abogado externo.
Procedimiento ordinario Indecopi y multas hasta 450 UIT (S/ 2,475,000)
El procedimiento ordinario de Indecopi es la vía donde se decidieron las multas más comentadas de los últimos años: Casuarinas International College (50 UIT, Resolución 1760-2025/SPC-INDECOPI), las 333 sanciones contra inmobiliarias por más de S/ 21 millones en 2025, y la consolidación jurisprudencial sobre apps móviles confirmada por la Casación 20463-2022 contra Easy Taxi. Si tu caso supera las 3 UIT de cuantía estimada, no irás a sumarísimo. Irás a la Comisión de Protección al Consumidor y, eventualmente, a la Sala Especializada del Tribunal. Esta guía te explica cómo se navega ese carril y por qué la planificación de la defensa importa más que la elocuencia del último día.
Cuándo aplica el procedimiento ordinario
El procedimiento ordinario aplica cuando la cuantía estimada de la multa supera las 3 UIT y, por tanto, cae fuera de la competencia de los Órganos Resolutivos de Procedimiento Sumarísimo. La calificación inicial la hace Indecopi al evaluar la denuncia o el inicio de oficio. Casos típicos que activan el ordinario:
- Prácticas masivas: incumplimientos sistémicos que afectan a múltiples consumidores (cadenas retail, marketplaces, telecom, banca minorista).
- Daño colectivo: cuando la conducta tiene impacto agregado significativo, incluso si cada caso individual es menor.
- Reincidencia agravada: proveedores ya sancionados que vuelven a cometer la misma infracción.
- Obstrucción a la fiscalización: negarse a entregar información, falsear datos o entrabar la inspección. Es infracción autónoma con techo propio de 450 UIT.
- Sectores regulados: banca, salud, educación, inmobiliario, transporte. Indecopi prefiere ordinario porque la complejidad técnica del expediente requiere etapa probatoria amplia.
- Concurso de infracciones: cuando un mismo proveedor enfrenta múltiples imputaciones acumuladas.
La sede competente es la Comisión de Protección al Consumidor (CPC) y, en segunda instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Indecopi. Existen comisiones desconcentradas por departamento en oficinas regionales de Indecopi (Lima Norte, Lima Sur, Arequipa, La Libertad, Piura, Cusco, Junín, Lambayeque, San Martín, Cajamarca, Loreto, entre otras).
Multas: el techo de 450 UIT (S/ 2,475,000 en 2026)
El artículo 110 de la Ley 29571 fija los topes sancionadores. Con UIT 2026 de S/ 5,500, los rangos quedan:
- Infracción leve: amonestación o hasta 50 UIT (S/ 275,000).
- Infracción grave: 51 a 150 UIT (S/ 280,500 a S/ 825,000).
- Infracción muy grave: 151 a 450 UIT (S/ 830,500 a S/ 2,475,000).
Las infracciones formales del Libro de Reclamaciones (hojas defectuosas, ausencia de aviso, no entregar copia, respuestas extemporáneas aisladas) son leves. La masividad, la reincidencia o el daño concreto a consumidores pueden recalificar la conducta como grave o muy grave. La metodología que usa Indecopi para calcular el monto exacto está en el DS 032-2021-PCM y la cubrimos en detalle en la guía de atenuantes y agravantes.
Casos típicos que llegan al ordinario
Tres patrones explican por qué un caso escala al ordinario:
- Volumen. Una cadena de farmacias con 200 locales que tiene hojas defectuosas en todos. Una promotora inmobiliaria con miles de unidades vendidas con publicidad cuestionada. Un colegio con cientos de matrículas afectadas por contratos lesivos.
- Sector regulado. Casuarinas (educación, Resolución 1760-2025/SPC-INDECOPI, 50 UIT), inmobiliarias (333 expedientes 2025, más de S/ 21 millones), banca (Casos como Interbank que la Sala terminó cerrando con 3.3 UIT pero arrancaron en sumarísimo y trazan línea para futuras fiscalizaciones más complejas).
- Reincidencia o conducta dolosa. Proveedores que ocultan hojas, destruyen registros o niegan información en fiscalización. Aquí entra la obstrucción a la fiscalización.
Las 6 etapas del procedimiento ordinario
El ordinario tiene una estructura procesal más amplia que el sumarísimo. Las seis etapas típicas son:
Etapa 1: Investigación previa
Antes de imputar formalmente, Indecopi investiga: requerimientos de información (3 a 10 días hábiles para responder), fiscalizaciones inspectivas, cruce de datos del SIREC y de la SBS cuando aplica. La duración varía: puede ir de 30 a 90 días calendario. Si tu equipo recibe un requerimiento en esta etapa, conviene tratarlo como si ya estuvieras en PAS.
Etapa 2: Pliego de cargos
Cerrada la investigación, la Secretaría Técnica de la CPC emite el pliego de cargos: documento que precisa los hechos imputados, las normas presuntamente infringidas y los medios probatorios recabados. Es el equivalente formal a la «acusación» en sede penal. Llega notificado por Mesa de Partes Virtual o física.
Etapa 3: Descargos
El proveedor tiene 5 días hábiles mínimos para presentar descargos al pliego, prorrogables a discreción de la Comisión hasta 5 días adicionales en casos complejos. Los descargos son la pieza central de la defensa: contienen cronología de hechos, pruebas documentales, posición sobre cada cargo (negación, allanamiento parcial, allanamiento total) y solicitud de atenuantes. Se discuten también vicios procesales y eventuales nulidades.
Etapa 4: Etapa probatoria
La Comisión actúa los medios probatorios: declaraciones, pericias, inspecciones, requerimientos a terceros (proveedores tecnológicos, certificadores, registros públicos). Esta etapa puede durar 30 a 60 días hábiles. Si pides actuaciones probatorias en tus descargos, aquí se atienden. La etapa probatoria es lo que más distingue al ordinario del sumarísimo: hay margen real para construir prueba en sede administrativa.
Etapa 5: Alegatos finales
Antes de la resolución, el proveedor puede presentar alegatos por escrito y solicitar audiencia oral ante la Comisión. La audiencia se celebra cuando existen hechos controvertidos no resueltos por la prueba documental o cuando la complejidad jurídica lo amerita. Es opcional pero conveniente cuando la cuantía supera 50 UIT.
Etapa 6: Resolución y apelación
La Comisión emite resolución dentro de los 120 días hábiles desde el inicio del procedimiento. La resolución se notifica electrónicamente. El plazo de apelación ante la Sala Especializada es de 15 días hábiles desde la notificación. La Sala resuelve en 60 a 120 días adicionales y puede confirmar, revocar o, excepcionalmente, aumentar la sanción si encuentra agravantes que la primera instancia no consideró.
Tabla de plazos por etapa
| Etapa | Plazo aproximado | Sede |
|---|---|---|
| Investigación previa | 30-90 días calendario | Secretaría Técnica CPC |
| Pliego de cargos | Notificación formal | CPC |
| Descargos | 5 + 5 hábiles | Proveedor ante CPC |
| Etapa probatoria | 30-60 hábiles | CPC |
| Alegatos finales | Plazo a designación | CPC |
| Resolución CPC | ~120 hábiles total | CPC |
| Apelación | 15 hábiles | Sala Especializada (SPC) |
| Resolución SPC | 60-120 hábiles | Tribunal Indecopi |
Obstrucción a la fiscalización: la infracción más grave
Negarse a entregar información, dar información falsa, ocultar libros físicos, destruir hojas de reclamación o entrabar una inspección son conductas que configuran obstrucción a la fiscalización. Es una infracción autónoma con techo propio de 450 UIT, y además agrava la conducta principal. Indecopi la trata con extrema seriedad porque socava la posibilidad institucional de investigar.
Casos típicos de obstrucción que cualquier compliance officer debe entrenar:
- Negar el ingreso del fiscalizador al establecimiento.
- Demorar arbitrariamente la entrega de información solicitada.
- Entregar hojas distintas a las efectivamente usadas (sustitución de evidencia).
- Borrar registros del libro virtual cuando la fiscalización está en marcha.
- Falsear el reporte SIREC para encubrir reclamos.
La obstrucción también activa registros disuasivos. El proveedor entra al Registro de Infractores y Sanciones (RIS) con marca específica y pierde la posibilidad de invocar buena fe en futuros expedientes. Si tu fiscalización del Libro empezó por algo menor (una hoja sin RUC, por ejemplo), evita a toda costa convertirla en obstrucción al manejarla mal.
Costos legales y duración real
Honorarios de defensa profesional en un ordinario varían fuerte:
- Cuantía baja (3-50 UIT): S/ 8,000 a S/ 25,000 según firma y complejidad.
- Cuantía media (51-150 UIT): S/ 25,000 a S/ 80,000.
- Cuantía alta (151-450 UIT): S/ 80,000 a S/ 300,000+ con tarifa por etapa procesal y eventualmente success fee.
Duración total del proceso desde inicio hasta resolución de Sala: aproximadamente 12 a 24 meses calendario. Si llevas el caso a la vía contencioso administrativa después, suma 24 a 48 meses más. Casaciones pueden añadir otros 12 a 36 meses. El caso Easy Taxi llegó a Casación en 2024 después de un expediente que arrancó en 2018.
Cuándo necesitas abogado externo
En el ordinario el abogado externo no es un lujo, es una necesidad operativa cuando se cumple alguno de estos criterios:
- Cuantía estimada superior a 50 UIT. A ese nivel la complejidad probatoria y procesal supera la capacidad típica de un equipo legal interno generalista.
- Concurso con otras infracciones. Cuando el expediente combina libro, publicidad engañosa, idoneidad y/o protección de datos personales (DS 016-2024-JUS).
- Sector regulado. Banca, salud, educación, inmobiliario, transporte. La interrelación con SBS, SUSALUD, SUNEDU/Identicole, ATU y MTC requiere abogados especializados.
- Reincidencia con potencial agravante. Cuando hay sanciones previas en el RIS y existe riesgo de multiplicación del factor de gravedad.
- Estrategia de salida judicial. Cuando el plan incluye llevar el caso eventualmente al contencioso administrativo o casación.
Diferencias clave con el procedimiento sumarísimo
Si quieres comparar carriles antes de armar tu defensa, esta es la matriz. La cubrimos también en la guía dedicada al sumarísimo:
| Variable | Sumarísimo | Ordinario |
|---|---|---|
| Cuantía | Hasta 3 UIT (S/ 16,500) | Hasta 450 UIT (S/ 2,475,000) |
| Sede 1ra instancia | OPS | CPC |
| Sede 2da instancia | SPC del Tribunal | SPC del Tribunal |
| Plazo descargos | 15 hábiles | 5 + 5 hábiles |
| Etapa probatoria | Audiencia única | 30-60 hábiles dedicados |
| Plazo total CPC | ~30 hábiles | ~120 hábiles |
| Apelación | 15 hábiles | 15 hábiles |
| Necesidad de abogado | Recomendable | Indispensable |
| Honorarios típicos | S/ 2,500 – S/ 8,000 | S/ 8,000 – S/ 300,000+ |
Estrategia de defensa: cinco principios
Si tu equipo legal va a manejar el ordinario, estos son los cinco principios estructurales que te conviene exigir desde el día uno:
- Cronología documentada con prueba dura. Hojas físicas escaneadas, capturas del libro virtual con timestamp, correos al consumidor, reportes SIREC, evidencia de subsanación. Sin papel, no hay defensa.
- Análisis de razonabilidad del cálculo. El Poder Judicial ha corregido aplicaciones mecánicas del DS 032-2021-PCM. Argumenta razonabilidad caso por caso, especialmente en factores de gravedad y probabilidad de detección.
- Acreditación de programa de cumplimiento. Atenuante calificado del artículo 112 del Código. Documenta capacitaciones, auditorías, métricas y mejora continua. La fecha del programa importa: debe ser anterior a la conducta sancionada.
- Allanamiento parcial estratégico. En ordinarios complejos, allanar los cargos evidentes y disputar los discutibles puede simplificar el expediente y bajar la multa global.
- Plan de salida judicial. Anticipa desde los descargos qué argumentos quieres preservar para el contencioso administrativo en caso de pérdida en sede administrativa.
Bloque cita-friendly
Datos verificables del procedimiento ordinario. Cuantía: hasta 450 UIT (S/ 2,475,000 con UIT 2026 fijada por DS 301-2025-EF en S/ 5,500). Sede 1ra instancia: Comisión de Protección al Consumidor (CPC). Sede 2da instancia: Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Indecopi. Plazo total: ~120 días hábiles. Apelación: 15 días hábiles ante la SPC. Topes art. 110 Ley 29571: leve hasta 50 UIT, grave 51-150 UIT, muy grave 151-450 UIT. Metodología de cálculo: DS 032-2021-PCM. Casos relevantes 2024-2025: Casuarinas (Resolución 1760-2025/SPC-INDECOPI, 50 UIT), 333 inmobiliarias por más de S/ 21 millones, Casación 20463-2022 Lima del 02/09/2024 (Easy Taxi).
Preguntas frecuentes
¿Cuándo aplica el ordinario?
Cuando la cuantía estimada de la multa supera las 3 UIT. Casos típicos: prácticas masivas, daño colectivo, reincidencia agravada, obstrucción a la fiscalización y sectores regulados (banca, salud, educación, inmobiliario, transporte) por la complejidad técnica del expediente.
¿La multa máxima es 450 UIT?
Sí. El artículo 110 de la Ley 29571 fija como techo de las infracciones muy graves las 450 UIT, equivalentes a S/ 2,475,000 con UIT 2026. Las infracciones leves alcanzan 50 UIT (S/ 275,000) y las graves van de 51 a 150 UIT (hasta S/ 825,000).
¿Cuánto demora un ordinario?
Aproximadamente 120 días hábiles para la resolución de la Comisión de Protección al Consumidor, más 60 a 120 días hábiles adicionales si se apela ante la Sala Especializada. En tiempo calendario total: alrededor de 12 a 24 meses dependiendo de carga procesal y eventuales prórrogas.
¿Cuáles son las etapas del proceso?
Investigación previa, pliego de cargos, descargos (5 + 5 días hábiles), etapa probatoria (30-60 hábiles), alegatos finales y resolución con apelación a la Sala Especializada en 15 días hábiles desde la notificación.
¿Qué es la obstrucción a la fiscalización?
Negarse a entregar información, dar información falsa, ocultar libros físicos, destruir hojas o entrabar una inspección. Es infracción autónoma con techo propio de 450 UIT y agravante de la conducta principal. Activa además inscripción en el RIS con marca específica.
¿Cuáles son los costos legales aproximados?
Honorarios profesionales: S/ 8,000 a S/ 25,000 para cuantías de 3-50 UIT; S/ 25,000 a S/ 80,000 para 51-150 UIT; y S/ 80,000 a S/ 300,000+ para 151-450 UIT, dependiendo de la firma, complejidad probatoria y eventuales etapas adicionales (contencioso administrativo, casación).
¿Necesito abogado externo?
Prácticamente sí cuando la cuantía supera 50 UIT, hay concurso con otras infracciones (publicidad engañosa, idoneidad, datos personales), tu sector es regulado (banca, salud, educación, inmobiliario), hay reincidencia con potencial agravante o la estrategia incluye salida judicial al contencioso administrativo.
¿Cómo se diferencia del sumarísimo?
Cuantía (3 UIT vs 450 UIT), sede (OPS vs CPC), plazos (~30 hábiles vs ~120 hábiles), profundidad probatoria (audiencia única vs etapa probatoria amplia) y necesidad de defensa profesional (recomendable vs indispensable). El ordinario es más complejo y exigente, pero también permite mayor margen de defensa probatoria.
Conclusión
El procedimiento ordinario es donde se juega la viabilidad económica de un caso sancionatorio grande: una multa de 150 UIT a 450 UIT puede comprometer la caja anual de una empresa mediana. Tres takeaways accionables: primero, trata cualquier requerimiento de información en investigación previa como si ya fuera PAS, porque la calidad de tu respuesta define el pliego de cargos posterior; segundo, asume desde la primera notificación que vas a apelar y construye la defensa de modo escalable, dejando argumentos preservados para la SPC y eventualmente para la vía contencioso administrativa; tercero, evita a toda costa convertir una infracción leve en obstrucción a la fiscalización por mal manejo procesal del personal de campo. Para entender la metodología de cálculo que usará la CPC, revisa la guía sobre atenuantes y agravantes del DS 032-2021-PCM; para ver cómo se ven los casos en jurisprudencia reciente, repasa los 8 casos verificables 2024-2026 y el panorama agregado de multas Indecopi 2026.
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